Impuesto Sobre la Renta
en materia de Retenciones
Retener significa detraer de una suma
de dinero perteneciente a un contribuyente (con el cual se encuentra en
contacto el agente de retención) un determinado importe de tributos. De lo que
necesariamente debe concluirse que para que proceda la retención necesariamente
debe existir un pago o un abono en cuenta realizada por una persona que funge
como agente de retención por una prestación de servicios de la cual deviene un
enriquecimiento para el contribuyente prestador del mismo
Los agentes de retención según el
Código Orgánico Tributario lo define como las personas destinadas por la ley o
por la administración tributaria, que por sus funciones públicas o por razón de
su actividad privada, participen en actos o operaciones donde deban efectuar
retención o percepción del tributo correspondiente.
Definición de
Retenciones de I.S.L.R
En principio, se puede definir la
retención en la fuente como aquella actividad a la que está obligado por Ley un
sujeto determinado, dirigida a recaudar impuestos, tasas y demás contribuciones
a un tercero contribuyente, por cuenta del sujeto activo del tributo
respectivo. Asimismo, constituye un medio para incrementar en determinado
periodo la recaudación tributaria, con anterioridad a la fecha en que debe
realmente para contribuyente, al mismo tiempo que, evita al desembolso de sumas
considerables por parte del contribuyente y facilita la identificación de
muchos de ellos que, de otra manera, podrían permanecer ignorados por el Fisco.
Por tal virtud, el sistema venezolano
en lo atinente al impuesto sobre la rente, establece retenciones sobre la base
de los pagos o abonos en cuenta, realizados por los deudores o pagadores de
enriquecimientos, netos o ingresos
brutos, a personas naturales o jurídicas, domiciliadas o no, que realicen en el
país ciertos tipos de actividades.
Objeto De La Retención
De ISLR.
§
Permitir
la obtención anticipada de recursos tributarios para el Estado.
§
Ejercer
un mayor control sobre las rentas obtenidas por los contribuyentes.
§
Facilitar
el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes,
permitiéndoles el pago del Impuesto en forma anticipada y fraccionada.
Remuneraciones Sujetas A
Retención.
1.-
Derecho
de exhibición de películas y de similares para el cine y la televisión pagada a
personas naturales, jurídicas o comunidades no residentes o no domiciliada en
el país se le calculara la retención del impuesto sobre el 34%.
2.-
Juegos,
apuestas, premios, loterías, hipódromos, premios a propietarios de animales de
carreras: los pagos que efectúen hipódromos, canódromos, otros centros similares
o los propietarios de los animales de
carrera a: jinetes, veterinarios, preparadores o entrenadores por servicios
profesionales prestados a estos: La Retención de Impuesto.
3.-
Contratistas
y Subcontratistas: en virtud de la ejecución de obras o de la prestación de
servicios en Venezuela, sean efectuados estos pagos con base o valuaciones u
órdenes de pagos permanente, individuales o mediante otra modalidad, deberán
retener el impuesto del 1% si el preceptor es persona natural o residente el
34%.
Servicios Sujetos A
Retención.
Se entenderá por servicio cualquier
actividad independiente en la que sean principales las obligaciones de hacer.
También se considerarán servicios los contratos de obras mobiliarias e
inmobiliarias, incluso cuando el contratista aporte los materiales.
·
Servicios
que requieren la incorporación, adición o uso de bienes muebles, tales como
repuestos, piezas o suministros.
Ejemplo: La reparación de los frenes
de un vehículo en un taller mecánico, el en caso de necesitar pastillas nuevas
(repuesto) se factura sobre el monto completo que incluye los repuestos (bienes
muebles) y la mano de obra (servicios).
·
Venta
de un producto para el cual se han hecho especificaciones por parte del
comprador.
Ejemplo: El estampado de logotipos, nombres
o emblemas en franelas o uniformes, a solicitud del cliente.
·
Los
condominios
Ejemplo: El condominio contrata los
servicios de una empresa para restaurar la fachada del inmueble, cuando realice
el pago correspondiente a la prestación del servicio
·
Mano
de obra / Ventas de bienes
Ejemplo, que permite ilustrar la
situación sería la factura que hace una empresa de pintores de inmuebles, el
mismo facturaría por la pintura que tuvo que utilizar para prestar el servicio
contratado, desglosando el precio de la mano de obra, en este caso la retención
se realiza sobre el total de la factura, ya que sin la pintura es imposible
prestar el servicio de pintar cada pared del inmueble. Ahora bien, si la venta
que se documenta en la misma factura, no tiene ninguna relación con el servicio
gravado, la venta de tales bienes no estará sujeta a retención de ISLR.
Parágrafo Segundo, del artículo 16, del reglamento de retenciones.
·
Servicios
profesionales pagados a: jinetes, veterinarios, preparadores o entrenadores.
·
Pagos
por servicios tecnológicos
·
Los
pagos realizados por personas jurídicas a contratistas o subcontratistas, en
virtud de la ejecución de obras o de la prestación de servicios en el país
·
Los
pagos que hagan las empresas de seguros por los servicios de reparación de
daños de los bienes de sus asegurados, así como los pagos a clínicas y demás
centros de salud por la atención hospitalaria de los mismos.
·
Servicios
de publicidad y propaganda, así como la venta de espacios para tales fines.
·
Corredores
y agentes de seguros
·
Los
pagos que hagan las empresas de seguros por los servicios de reparación de
daños de los bienes de sus asegurados, así como los pagos a clínicas y demás
centros de salud por la atención hospitalaria de los mismos.
Proceso De Determinación
Y Cálculo Del Impuesto A Retener.
El
proceso de cálculo del ISLR se realiza en nóminas regulares, de corrección y
especiales, a través de la función VETAX. Además de calcular el porcentaje de
ISLR, esta función acumula el monto de ingresos que ha recibido el empleado en
la compañía y el monto que ha sido retenido por concepto de impuestos, durante
el año fiscal.
§
Los
valores de entrada requeridos para ejecutar el proceso son los siguientes:
§
La
base de cálculo, correspondiente a los ingresos gravables del empleado para el
período de nómina que se está procesando (Base imponible /151).
§
El
porcentaje de ISLR estimado en el infotipo 0399 (campo TAXPC).
§
Los
montos acumulados de los ingresos y retenciones del empleado, para el año
fiscal (tabla TAX_EVAL).
El
proceso general consiste en calcular el monto de retención para el periodo de
nómina procesado, aplicando el porcentaje de ISLR a la base de cálculo. Luego,
actualiza los montos acumulados de ingresos y retenciones.
Ejemplo de los
valores de entrada requeridos por la función:
§ Sueldo (Base Imponible): 350.000,00
§ Porcentaje de Retención: 2,50
§ Remuneraciones Acumuladas: 2.450.000,00
§ Deducciones Acumuladas: 50.000,00
Con
estos valores, la función aplica el porcentaje a la base imponible y calcula el
monto de los ingresos que debe ser retenido al empleado. Además, actualiza los
montos acumulados de remuneraciones y deducciones. Los resultados obtenidos se
presentan a continuación:
§ Total Retención: 8.750,00
§ Remuneraciones Acumuladas: 2.800.000,00
§ Deducciones Acumuladas: 58.750,00
Formularios Utilizados.
Para enterar el impuesto retenido
conforme a las disposiciones legales deberán utilizarse los siguientes
formularios:
§
FORMA
PNR – 11 Retención y Pago Retención de
ISLR a personas Naturales Residente.
§
FORMA
PNNR –12 Declaración y Pago de Retención de ISLR a Personas Naturales No
residentes en el país.
§
FORMA
PJD – 13 Declaración y Pago de Retención de ISLR a Personas Jurídicas
Domiciliadas en el país.
§
FORMA
PJND-14 Declaración y Pago de Retención de ISLR a Personas Jurídicas No
Domiciliadas en el país.
Actualmente la cancelación de las
Retenciones de ISLR efectuadas a pagos relacionados con los conceptos señalados
en el Decreto 1808 del 23/04/1997 se efectúan a través del Portal del Seniat: www.seniat.gob.ve.
con excepción de dos (2) tipos de retenciones: 1) Enajenación de acciones de
sociedades mercantiles venezolanas y 2) Enajenación de Inmuebles, las cuales se
pagan a través de las Oficinas Receptoras de Fondos nacionales, utilizando los formularios
PN 00011 Y PJD 00013 en el primer caso, y 0033 en el segundo caso.
CASOS PRÁCTICOS
1. Un
contribuyente (persona natural) tiene un ejercicio de enero a diciembre. Para
el 30-09-98, arrienda un apartamento a un canon de Bs. 100.000,00 mensuales y percibe
seis meses de arrendamientos por anticipado. Debe acusar como ingreso
disponible para el ejercicio 01-01-98 al 31-12-98 este contribuyente?
R= Debe
acusar Bs. 300.000, 00 ya que este tipo de enriquecimiento se considera
disponible cuando es cobrado.
2. Una sociedad de
personas que se dedican exclusivamente a realizar actividades profesionales,
obtuvo en el ejercicio 01-01-99 al 31-12-99, un enriquecimiento neto de Bs.
3.000.000,00.
Tiene tres socios, que se reparten las
participaciones en igual proporción. Si todos los socios tienen como ejercicio
el año civil, en qué año deben acusar la participación obtenida en esa sociedad
por sus actividades del año 1.999?
R= En el año
cuando le sean pagados o abonados a su cuenta sus respectivas participaciones.
3. Un
profesional extranjero fue contratado por una empresa
venezolana para instalar un equipo fabril en el país. Permaneció en Venezuela
desde el 01-09-98 al 20-09-98. Cobró honorarios por un monto de Bs.
10.000.000,00. Cómo debe tributar este profesional?
R= Es sujeto
de impuestos como no residente, ya que no permaneció más de 180 días en un solo
año (12 meses continuos). En este caso la Empresa
contratante deberá retener el 34% sobre el 90% de los honorarios pagados.
Gracias! me a servido de gran ayuda.
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